CAPITULO III    PLANEACION DE LA EMPRESA


COORDINACION MAS QUE ADMINISTRACION

La idea al estructurar el consejo no es administrar, si no coordinar la participación y mantener informadas a varias de las secretarias que tienen relación con ella, las personas que concurren a las reuniones del consejo lo hacen en calidad de representantes y no por que tengan precisamente un amplio conocimiento en los asuntos particulares de la empresa.


LOS DIRECTIVOS DE LAS EMPRESAS PUBLICAS

El desarrollo de las empresas publicas, como el de cualquier organización social, económica y política, depende en gran medida de las habilidades, capacidades, creatividad y entusiasmo de su cuerpo directivo, Ello no solo se circunscribe a su mas inmediatos resultados, si no también en el logro de las metas futuras en cuanto a que son responsables del diseño de una estrategia para tal fin.


UN CONTROL CONTABLE.

El motivo de los administradores públicos en México, ha sido establecer un equilibrio entre los mecanismos de control de la empresa publica que aseguren su participación en los procesos políticos del estado, pero sin que ello interfiriera en la administración interna de la entidad, para esto debe establecerse un seguimiento y control de resultados en cada entidad, concluyendo que el control es un proceso esencialmente comprobatorio.

También es importante reconocer que entre las actividad de planear y la de controlar hay una relación desigual. La primera no es posible sin la segunda, a riesgo de ser un ejercicio inútil, en cambio, puede haber control sin la necesidad de ninguna planeación.

Así, se debe partir de un proceso adecuado de planeación que se haya derivado del establecimiento de misiones estratégicas por subsector y de objetivos estratégicos por empresa. Los mecanismos mecanismos de control deben asegurar que estos se cumplan, permitiendo al directivo suficiente margen de maniobra para que disponga de todos los recursos a su alcance, poniendo en ello capacidad administrativa.


UN NUEVO ENFOQUE EN LA ADMINISTRACION DE LA EMPRESA PUBLICA.

Podría parecer que al liberare mucho de los controles existentes se corre el riesgo de que el sector para estatal no este sujeto a ningún tipo de fiscalización. Por el contrario, lo que se pretende es asignar a cada instancia el mecanismo y grado de control que en realidad debe ejercer de acuerdo a sus funciones particulares. Las modificaciones propuestas darían a los consejos de administración atribuciones reales e importantes al depender de el, decisiones trascendentes en materia administrativa y financiera que actualmente en la practica no toman.


EL ESTATUTO DE LA EMPRESA PUBLICA.

Una de las características de la legislación sobre empresa publica es que ha seguido un camino diferente de empresas mercantiles buena medida ello se debe a que se ha enfatizado mas el aspecto de propiedad de la empresa que el objeto social de la misma. Esto ha significado cierto traslape de ámbito entre el derecho común y el especifico de la empresa publica, en función de estas consideraciones creemos que este seria un buen principio para evitar duplicidades, contradicciones o incluso vacíos que se presentan en la actualidad entre la legislación de la empresa publica



Capitulo II

Indice

Conclusiones


Si deseas mandarme un mail lo puedes hacer a :    [email protected]